“Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrono contrate el trabajo por un intermediario.”
Disposiciones Reglamentarias:
1) REGLAMENTO de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social
2) REGLAMENTO Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.
3) REGLAMENTO General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones.
TIPO DE RIESGO | DESCRIPCIÓN | |
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FÍSICO | ![]() |
Se produce cuando el ruido, la iluminación, las radiaciones, la temperatura elevada y la vibración deterioran los tejidos y órganos del cuerpo. |
QUÍMICO | ![]() |
Involucra objetos, elementos, sustancias y fuentes de calor que pueden, bajo ciertas condiciones; provocar incendios o explosiones. |
BIOLÓGICO | ![]() |
Está vinculado con los agentes orgánicos que viven en ambientes laborales cerrados y pueden producir enfermedades infecto-contagiosas. |
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ERGONÓMICO | ![]()
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Está presente cuando el mobiliario de la empresa no se adecua a la fisonomía humana. Generalmente causa sobre esfuerzo, posturas y movimientos inadecuados y lesiones musculares. |
PSICOSOCIAL | ![]()
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Se asocian con hábitos en la organización laboral que pueden impactar la salud del empleado y el rendimiento de su trabajo. |
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una institución del gobierno federal, autónoma y tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores), dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población que cuente con afiliación al propio instituto, llamada entonces asegurados o derechohabientes.
Si el accidente ocurre dentro de la empresa, a través de su Apoderado o Representante Legal registrado o autorizado se obliga:
1.- Informar al IMSS durante 24 horas a partir del momento en que tiene conocimiento del accidente.
Si el accidente ocurre fuera de la empresa, el trabajador, familiar o persona encargada para representarlo deberá:
1.- Informar al patrón dentro de 24 horas.
2.- Avisar al IMSS inmediatamente.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como dependencia del Poder Ejecutivo Federal, tiene a su cargo el desempeño de las facultades que le atribuyen la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal del Trabajo, otras leyes y tratados, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República.
Si el accidente ocurre dentro de la empresa, a través de su Apoderado o Representante Legal registrado o autorizado se obliga:1.- Informar a la STPS a partir del momento en que tiene conocimiento del accidente.
El Seguro de Riesgos de Trabajo protege al trabajador en caso de que sufra algún accidente o enfermedad relacionados con el ejercicio del trabajo, incluyendo los ocurridos en trayecto, así como a los beneficiarios del asegurado si el riesgo de trabajo trae como consecuencia su muerte. También beneficia a las empresas al relevarlas del cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley Federal del Trabajo sobre la responsabilidad por esta clase de riesgos, al realizar las aportaciones de seguridad social.
Por ello es importante ponerle atención a este tema, ya que los Riesgos de Trabajo también tienen un impacto financiero en la empresa debido a que afecta a capitales constitutivos; las indemnizaciones por la LFT; multas; se realizan gastos por pagos para el uso de medios de defensa en diversas situaciones; días perdidos por incapacidad y se tienen costos por la modificación de técnicas de trabajo.